jueves, 10 de marzo de 2011

REQUISITOS PARA COSTA RICA


                                                                                                         
REQUISITOS PARA NACIONALIDAD, HIJOS DE ESPAÑOL/A NACIDO/A EN ESPAÑA
1.      Certificado digitalizado o escaneado (Literal) de nacimiento de la persona a inscribir, con menos de 3 meses de emitido.
2.      Documento de identidad de la persona a inscribir (cédula de identidad o pasaporte –sólo la hoja de los datos–) original y copia.
3.      Certificados Literales de nacimiento de ambos progenitores, con menos de 3 meses de emitidos. La certificación literal es la copia integra de la inscripción en el libro de Nacimientos, que se obtienen en el Registro Civil de la localidad en que nacieron los progenitores.
4.      Identificación vigente de ambos progenitores (cédula o pasaporte–sólo la hoja de los datos–) original y copia, o certificados de defunción.
5.      Certificado local en que conste la fecha en que su progenitor español se naturalizó costarricense o de cualquier otro país, o certificación de que no se naturalizó, o cédula de residencia.
6.      Libro de Familia de los padres en que figure el estado civil que tenían al momento de contraer matrimonio o, en su defecto, el certificado de matrimonio, con menos de 3 meses de emitido.
Toda certificación de un Registro Civil que NO SEA el español, debe estar legalizado. En caso de las certificaciones costarricenses, deben sellarlas en el Registro Civil y luego llevarlas al Ministerio de Relaciones Exteriores. En caso de certificaciones de otros registros civiles que no sean ni el español ni el costarricense, deben legalizarlas en la Embajada de España de ese país o ponerles la Estampilla de La Haya si ese país es parte del Convenio.
Sólo si nació fuera de Costa Rica: deberá presentar original y una fotocopia de toda esta documentación, incluyendo identificaciones y formulario lleno.
La certificación digitalizada es una copia íntegra del libro donde consta inscrito el hecho.
                Nota: Para dudas pueden llamar a los teléfonos 2221 7005 – 2222 5745 ext. 204 o escribir a emily.watson@mae.es.
La documentación se recibe los miércoles de 8 a 11:30, traer los documentos completos y en el orden que se establece en este documento.
            A fin de obtener certificaciones del Registro Civil español puede ingresar al Ministerio de Justicia, www.mjusticia.es, al margen izquierdo verá un subtítulo que dice Direcciones y Teléfonos, y debajo otro que dice Registros Civiles, ingrese ahí y busque la localidad donde nació la persona de quien necesita el certificado.
Encontrará el número de fax del registro civil correspondiente. Envíe una carta solicitando el certificado, indique:
Nombre completo, lugar y fecha de nacimiento, nombre del padre y la madre, motivo por el cual lo solicita y dirección completa a la que desea le envíen el certificado. Si posee información sobre el tomo y página de la inscripción, inclúyalo.
También puede ingresar en el subtítulo Trámites Personales y solicitar el certificado online si está disponible para el Registro Civil que corresponde.
Si el hecho ocurrió fuera de España puede solicitarlo por fax a la Embajada o Consulado del lugar correspondiente. Puede conseguir los datos de contacto en el Ministerio de Asuntos Exteriores, www.mae.es.

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